jueves, 4 de diciembre de 2008

DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DEBERES HUMANOS


En cuanto los seres humanos tomaron conciencia de la necesidad de vivir en sociedades organizadas, crearon diferentes formas de gobierno para garantizar su funcionamiento. Hasta ahora todo indica que es por medio de la democracia que se consiguen mejor los intereses y las aspiraciones de los individuos en particular y del pueblo en general. Aunque este sistema sea imperfecto e implique numerosas debilidades, actualmente son las sociedades democráticas quienes garantizan mejor los derechos humanos tal y como están definidos en la Declaración Universal.

Pero si el respeto a los derechos de cada uno es el fundamento de toda democracia, toda democracia que no fomenta el cultivo y desarrollo de los deberes correspondientes lleva en ella los gérmenes de la decadencia que favorecen la aparición de una dictadura. La historia nos muestra como el funcionamiento de una sociedad depende de un justo equilibrio entre los derechos y deberes de cada persona. Cuando este equilibrio se rompe, tanto por parte de los gobernantes como de los gobernados, el totalitarismo o la corrupción más extremos se apoderan de la situación y hunden a las naciones en el caos y la barbarie.

Al inicio del siglo XXI constatamos como en muchos países la democracia pasó a ser una vieja doctrina. En general se hace muchísimo más hincapié en los derechos que en los deberes, de tal modo que el equilibrio, si no está roto entre unos y otros, al menos está muy amenazado. Tememos que este desequilibrio aumente y que tenga una regresión la condición humana. Por eso sometemos esta declaración de los DEBERES HUMANOS a todos cuantos puedan compartir nuestra inquietud.


DECLARACIÓN

Articulo 1: Todo individuo tiene el deber de respetar sin omisión los derechos del hombre, tal y como están definidos en la Declaración Universal.

Artículo 2: Todo individuo tiene el deber de respetarse a sí mismo y no degradar su cuerpo o su conciencia con comportamientos o prácticas que degraden su dignidad o su integridad.

Artículo 3: Todo individuo tiene el deber de respetar a otros, sin distinción de raza, sexo, religión, clase social, de comunidad o de cualquier otro elemento que sea distintivo.

Artículo 4: Todo individuo tiene el deber de respetar las leyes del país en el que vive, quedando entendido que estas leyes deben tener por fundamento el respeto de sus derechos más legítimos.

Artículo 5: Todo individuo tiene el deber de respetar las creencias religiosas y las opiniones políticas de otros, en cuanto no atenten ni a la persona humana ni a la sociedad.

Artículo 6: Todo individuo tiene el deber de ser benévolo en pensamiento, en palabra y en acción, con el fin de ser un agente de paz social y un ejemplo para otros.

Artículo 7: Todo individuo en edad, en estado o en condición de trabajar, tiene el deber de hacerlo, para atender a sus necesidades o a las de su familia, para ser útil a la sociedad, para crecer en el plano personal, o simplemente para no hundirse en la ociosidad.

Artículo 8: Todo individuo que tiene a su cargo la educación de un niño tiene el deber de inculcarle los valores más importantes para transformarle en un ciudadano adulto, respetable y responsable.

Artículo 9: Todo individuo tiene el deber de brindar asistencia a cualquiera que esté en peligro, bien interviniendo directamente o haciendo lo necesario para que las personas preparadas intervengan.

Artículo 10: Todo individuo tiene el deber de considerar a la humanidad entera como su familia y de comportarse en toda circunstancia y en todo lugar como ciudadano del mundo haciendo del humanismo el fundamento de su comportamiento y de su filosofía.

Artículo 11: Todo individuo tiene el deber de respetar los bienes de otros, sean públicos o privados, individuales o colectivos.

Artículo 12: Todo individuo tiene el deber de respetar la vida humana y de considerarla como el bien más precioso que hay en este mundo.

Artículo 13: Todo individuo tiene el deber de respetar la naturaleza y de preservarla con el fin de que las generaciones presentes y futuras puedan beneficiarse en todos los planos viendo en ella un patrimonio universal.

Artículo 14: Todo individuo tiene el deber de respetar a los animales y de considerarlos invariablemente como seres no solamente vivos sino también sensibles y con capacidad para sufrir.

Epilogo

Si todos los individuos cumplen estos deberes fundamentales quedarían pocos derechos por reivindicar, porque cada uno se beneficiaría del respeto que le es dado y podría vivir feliz en la sociedad. Esta es la razón por la cual la democracia no debe limitarse a promover un "Estado de Derecho". Es necesario que instaure también un "estado de Deberes" para que todo ciudadano exprese en su conducta lo que el ser humano tiene de mejor en él. Tan sólo basándose en estos dos pilares la sociedad podrá ser civilizada para asumir su condición de humanidad.

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